La transparencia proactiva en contratación pública es el principio y práctica por la cual los poderes adjudicadores publican activamente información sobre sus procedimientos, decisiones, contratos y ejecución sin necesidad de que los ciudadanos, operadores económicos o supervisores tengan que solicitarla expresamente. Va más allá de la mera cumplimentación de los requisitos legales de publicidad y persigue fortalecer la rendición de cuentas, prevenir la corrupción y fomentar la participación informada de la sociedad. La Ley 19/2013 de Transparencia y la LCSP 9/2017 establecen los mínimos legales; la transparencia proactiva los supera voluntariamente.
- Publicación de datos en abierto: Las instituciones que practican la transparencia proactiva publican los datos de contratación en formatos reutilizables (CSV, JSON, XML) en portales de datos abiertos, facilitando su análisis automatizado por terceros.
- Trazabilidad completa del expediente: Más allá de los anuncios obligatorios, se publican las actas de la mesa de contratación, los informes de valoración, las justificaciones de exclusión y las comunicaciones relevantes del procedimiento.
- Alertas y suscripciones: Los portales proactivos ofrecen sistemas de alertas que notifican automáticamente a los interesados sobre novedades en procedimientos de su interés, sin que tengan que consultar activamente.
- Evaluación de impacto: Las entidades con mayor transparencia proactiva pueden demostrar el valor social de su actividad contractual publicando indicadores de ahorro, plazos de pago, participación de PYMES y criterios de sostenibilidad aplicados.
Consultar el marco europeo de transparencia en contratación en ec.europa.eu.