El Tribunal de Recursos Contractuales es el órgano administrativo independiente encargado de resolver los recursos especiales en materia de contratación interpuestos contra los actos de los órganos de contratación del sector público. En el ámbito estatal, el Tribunal Central de Recursos Contractuales (TACRC) ejerce esta función; las comunidades autónomas disponen de sus propios tribunales autonómicos. Estos órganos tienen naturaleza cuasijurisdiccional y sus resoluciones son directamente ejecutivas sin necesidad de acudir a la vía contencioso-administrativa, lo que proporciona una tutela rápida y eficaz a los licitadores perjudicados.
- Competencia: Resuelven recursos especiales contra actos de licitación de contratos SARA (sujetos a regulación armonizada) y, en algunos casos, contratos de importe inferior cuando así lo establece la normativa autonómica.
- Suspensión automática: La mera interposición del recurso especial conlleva la suspensión automática del procedimiento de adjudicación hasta la resolución del recurso, salvo que el órgano decida alzar la suspensión.
- Plazo de resolución: El tribunal debe resolver en un plazo máximo de dos meses desde la interposición del recurso, aunque en la práctica suele hacerlo antes.
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