Una zona franca (free zone) en el contexto de la contratación pública es un área geográfica delimitada, generalmente de carácter industrial, logístico o portuario, en la que se aplican regímenes aduaneros, fiscales y regulatorios especiales que difieren de los vigentes en el resto del territorio nacional. En los procedimientos de contratación pública que se desarrollan dentro de o en relación con zonas francas —como la construcción o gestión de infraestructuras, la prestación de servicios logísticos o el suministro de equipamientos—, deben tenerse en cuenta estas especificidades normativas para determinar el régimen aplicable al contrato.
- Régimen aduanero especial: Los contratos de suministro ejecutados en zonas francas pueden beneficiarse de la suspensión de aranceles y del IVA sobre las mercancías importadas hasta su despacho a libre práctica, lo que afecta directamente al cálculo del presupuesto base de licitación y al régimen de garantías aduaneras exigibles al contratista.
- Normativa aplicable a los contratos: Los contratos públicos ejecutados en zonas francas siguen sujetos a la normativa de contratación pública nacional y europea (LCSP, Directivas 2014/24/UE y 2014/25/UE), aunque con adaptaciones específicas en materia fiscal, laboral y de supervisión aduanera.
- Gestión pública de zonas francas: En España, los Consorcios de la Zona Franca (Barcelona, Vigo, Cádiz, Canarias) son entidades públicas que actúan como órganos de contratación sujetos a la LCSP para la contratación de obras, servicios y suministros dentro de sus recintos.
La Comisión Europea supervisa que los beneficios fiscales y aduaneros concedidos en las zonas francas de los Estados miembros no constituyan ayudas de Estado ilegales que distorsionen la competencia en el mercado interior europeo.
Más información: EUR-Lex — Régimen aduanero de zonas francas.