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Arrendamiento financiero

Definición

El arrendamiento financiero (leasing financiero) en el sector público es una modalidad de financiación mediante la cual una entidad pública adquiere el uso de un bien de equipo o inmueble a través de una empresa de leasing durante un periodo determinado, con opción de compra al vencimiento por un valor residual preestablecido. Esta fórmula permite a las Administraciones disponer de activos sin desembolso inicial elevado.

  • Marco legal: la LCSP clasifica determinados contratos de arrendamiento financiero como contratos de suministro cuando incluyen una opción de compra o cuando la duración y las condiciones del contrato transfieren esencialmente todos los riesgos y beneficios de la propiedad al ente público.
  • Impacto presupuestario: según las normas de contabilidad nacional (SEC 2010), el arrendamiento financiero computa como deuda pública desde el primer momento, a diferencia del arrendamiento operativo. Este impacto es relevante para el control del déficit y la deuda de las Administraciones Públicas.
  • Ventajas: preserva la liquidez del ente, permite renovar equipos tecnológicos sin obsolescencia, y los pagos periódicos son predecibles y planificables.
  • Riesgos: el coste financiero total puede ser superior a la adquisición directa, y la baja anticipada puede estar penalizada contractualmente.
  • Licitación: los contratos de arrendamiento financiero por encima de los umbrales de la LCSP deben licitarse con plenas garantías de publicidad y concurrencia.

Consulte la normativa contable aplicable en Ministerio de Hacienda – Contabilidad Pública.

Ejemplo

Un hospital público contrata el arrendamiento financiero de una resonancia magnética por 7 años, con opción de compra al final por el 1 % del precio original, evitando la inmovilización de capital en equipamiento de alta rotación tecnológica.

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