El requerimiento de documentación es el acto formal mediante el cual el órgano de contratación solicita al licitador que ha presentado la oferta económicamente más ventajosa que aporte los documentos que acreditan el cumplimiento de los requisitos de capacidad, solvencia y ausencia de prohibiciones para contratar.
Este procedimiento está regulado en la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público (LCSP) y constituye una fase esencial previa a la adjudicación del contrato. El licitador requerido dispone de un plazo de diez días hábiles para presentar la documentación exigida, que generalmente incluye:
- Escrituras de constitución y apoderamiento debidamente inscritas en el Registro Mercantil.
- Certificados de estar al corriente con la Seguridad Social y la Hacienda Pública.
- Justificantes de solvencia económica, financiera y técnica o profesional.
- Declaración responsable de no encontrarse incurso en prohibición de contratar.
- Garantía definitiva, cuando así lo exija el pliego.
El incumplimiento del requerimiento en plazo puede dar lugar a la exclusión del licitador y a la exigencia de responsabilidad por los daños y perjuicios ocasionados a la Administración. En ese caso, la mesa de contratación procederá a requerir al siguiente licitador por orden de puntuación.
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