La transparencia en contratación pública es el principio rector que obliga a los poderes adjudicadores a hacer pública toda la información relevante sobre sus procesos de compra, desde la planificación hasta la ejecución y liquidación del contrato. Regulada en la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público (LCSP) y en la Ley 19/2013 de Transparencia, la transparencia en contratación abarca la publicación de convocatorias, pliegos, criterios de adjudicación, ofertas presentadas, actas de mesa, resoluciones de adjudicación y modificaciones contractuales. Su objetivo es garantizar la rendición de cuentas, prevenir la corrupción y fomentar la confianza ciudadana en las instituciones públicas.
- Transparencia activa: La administración publica proactivamente la información sin necesidad de solicitud previa: planes de contratación, contratos vigentes, modificados y resueltos.
- Transparencia pasiva: El derecho de acceso a la información permite a cualquier ciudadano o empresa solicitar documentos específicos del expediente contractual.
- Portal de la Transparencia: El Estado y muchas comunidades autónomas disponen de portales específicos donde se publican estadísticas de contratación, contratos mayores y datos reutilizables.
Consulta las obligaciones de publicidad activa en Ministerio de Hacienda y la normativa básica en BOE.