legal general

Ultimátum contractual

Definición

El ultimátum contractual es el requerimiento formal y fehaciente que el órgano de contratación dirige al contratista para que, en un plazo determinado, subsane un incumplimiento grave o reiterado de sus obligaciones contractuales, bajo apercibimiento expreso de resolución del contrato en caso de no atender dicho requerimiento. Aunque la LCSP no emplea expresamente el término "ultimátum", su figura jurídica equivalente es el requerimiento de cumplimiento previo a la resolución, que constituye un trámite preceptivo en la mayoría de los procedimientos de resolución contractual por incumplimiento imputable al contratista.

  • Requisitos formales: El requerimiento debe ser notificado fehacientemente al contratista, indicar con precisión la obligación incumplida, fijar un plazo razonable para la subsanación y advertir expresamente de las consecuencias del incumplimiento.
  • Trámite de audiencia: Antes de dictar la resolución del contrato, el órgano contratante debe dar audiencia al contratista para que alegue lo que estime conveniente en su defensa.
  • Efectos del incumplimiento: Si el contratista no atiende el requerimiento, se procede a la resolución del contrato, con pérdida de la garantía definitiva, posible exigencia de daños y perjuicios, e inhabilitación temporal para contratar con la administración.

Consulta el régimen de resolución contractual en BOE – LCSP.

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