La visita al lugar de las obras es la inspección presencial del emplazamiento donde se ejecutarán los trabajos, organizada por el órgano de contratación durante el período de licitación para que los licitadores puedan conocer de primera mano las condiciones reales del terreno, del entorno y de las instalaciones existentes. En contratos de obras de cierta complejidad, la visita puede ser obligatoria y constituir un requisito de participación acreditado mediante certificado de asistencia. Su objetivo es permitir a los licitadores formular ofertas más precisas, reducir las reclamaciones por condiciones imprevistas y minimizar las modificaciones durante la ejecución.
- Visita obligatoria vs. voluntaria: El pliego puede establecer la visita como obligatoria (condición de participación) o voluntaria (recomendada pero no exigida). En el primer caso, el licitador que no asiste puede ser excluido.
- Documentación posterior: De la visita se levanta acta con las preguntas y respuestas de los asistentes, que se publica como aclaración en el perfil de contratante y vincula a todos los licitadores, hayan asistido o no.
- Efecto sobre las ofertas: La asistencia a la visita no exime al licitador de la responsabilidad de haber analizado correctamente el proyecto y el pliego; el conocimiento del lugar forma parte de la diligencia debida del licitador.
Consulta las condiciones habituales en contratos de obras en PLACE – Contratación del Estado.