La bitácora de obra (también denominada libro de órdenes, diario de obra o cuaderno de obra) es el documento oficial en el que la dirección facultativa registra cronológicamente todas las instrucciones, incidencias, decisiones técnicas y circunstancias relevantes que se producen durante la ejecución de un contrato de obras públicas. Tiene carácter vinculante para el contratista y constituye una prueba documental fundamental en caso de reclamaciones, litigios o auditorías sobre la ejecución del contrato.
- Contenido obligatorio: La bitácora debe recoger las órdenes impartidas por el director de obra, las modificaciones al proyecto, las actas de replanteo, los ensayos y controles de calidad realizados, las condiciones meteorológicas cuando sean relevantes y cualquier incidencia que pueda afectar al plazo o al precio del contrato.
- Firma y custodia: Tanto el director de obra como el representante del contratista deben firmar las anotaciones relevantes. El libro original queda bajo custodia de la administración y se entrega al órgano de contratación junto con la liquidación final del contrato.
- Digitalización: La normativa española ha incorporado la posibilidad de llevar la bitácora de obra en formato electrónico, con firma digital y sellado de tiempo, garantizando la autenticidad e inmutabilidad de los registros y facilitando el acceso remoto a la dirección facultativa.
Base legal: artículo 237 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, LCSP, y el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (RD 1098/2001).
Más información: Plataforma de Contratación del Sector Público (PLACE).