La capacidad técnica es el conjunto de conocimientos, experiencia, recursos humanos, equipamientos e infraestructuras que un licitador debe acreditar para demostrar que dispone de las condiciones necesarias para ejecutar correctamente el contrato público al que concurre. La Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP) exige que los órganos de contratación fijen requisitos mínimos de capacidad técnica proporcionados al objeto del contrato, de modo que únicamente puedan participar en la licitación aquellos operadores económicos que dispongan de los medios adecuados para garantizar una correcta ejecución.
- Medios de acreditación: Según el tipo de contrato, la capacidad técnica puede acreditarse mediante relaciones de trabajos o suministros similares realizados en los últimos años, títulos académicos y profesionales del personal directivo, descripción de equipos técnicos, certificados de control de calidad, o declaraciones sobre la cadena de suministro.
- Proporcionalidad: Los requisitos de capacidad técnica deben ser proporcionales al objeto del contrato y no pueden constituir barreras de acceso injustificadas que restrinjan la competencia. El Tribunal de Justicia de la UE y la Junta Consultiva de Contratación han declarado ilegales los requisitos desproporcionados.
- ESPD y declaración responsable: En la fase de selección, el licitador puede acreditar inicialmente su capacidad técnica mediante el Documento Europeo Único de Contratación (DEUC/ESPD) o una declaración responsable, sin necesidad de aportar toda la documentación justificativa hasta que sea requerida por el órgano de contratación.
- Medios externos: Los licitadores pueden recurrir a la capacidad técnica de terceros mediante compromisos de adscripción, siempre que acrediten que dispondrán efectivamente de esos medios durante la ejecución del contrato.
Base legal: artículos 74, 76 y 77 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, LCSP, y la Directiva 2014/24/UE, artículos 58 y 63.
Más información: Plataforma de Contratación del Sector Público (PLACE).