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Fraccionamiento de contratos

Definición

El fraccionamiento de contratos es la práctica ilegal que consiste en dividir artificialmente un contrato en partes de menor cuantía con el objetivo de eludir los procedimientos de adjudicación más exigentes o los umbrales que determinan la publicidad comunitaria obligatoria. Está expresamente prohibido en el artículo 99.2 de la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público (LCSP), así como en el artículo 5.3 de la Directiva 2014/24/UE del Parlamento Europeo y del Consejo.

  • Distinción con la división en lotes: La división en lotes es una práctica lícita y fomentada por la normativa para facilitar el acceso de las PYMES, siempre que se mantenga la unidad del procedimiento y se respeten las reglas de publicidad. El fraccionamiento, en cambio, busca ocultar la naturaleza unitaria del objeto contractual.
  • Indicadores de fraccionamiento: Contrataciones sucesivas a un mismo proveedor, objeto sustancialmente idéntico, ausencia de justificación técnica para la separación, o temporalidad artificial entre contratos menores.
  • Consecuencias: La conducta puede dar lugar a la nulidad de los contratos afectados, responsabilidad disciplinaria del órgano de contratación y, en su caso, responsabilidades contable y penal por infracción de los principios de concurrencia y transparencia.
  • Control: El Tribunal de Cuentas, las Intervenciones Generales y la Oficina Independiente de Regulación y Supervisión de la Contratación (OIReScon) son los organismos encargados de detectar y sancionar estas prácticas.

La jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) ha reiterado que el fraccionamiento artificial vulnera los principios de igualdad de trato, no discriminación y transparencia que rigen la contratación pública europea.

Más información: EUR-Lex — Directiva 2014/24/UE, artículo 5.

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