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Jefe de Servicio / Responsable de Contrato

Definición

El Jefe de Servicio en el contexto de la contratación pública es el funcionario o empleado público que, dentro de la estructura administrativa, tiene la responsabilidad operativa y técnica de la unidad que promueve y gestiona un contrato determinado. Puede coincidir con el responsable del contrato designado conforme al artículo 62 de la LCSP.

La Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público obliga al órgano de contratación a designar un responsable del contrato que supervise su correcta ejecución. El Jefe de Servicio asume frecuentemente este papel al ser la persona con mayor conocimiento técnico sobre las necesidades que motivan la licitación y sobre los estándares de calidad exigibles.

  • Elabora o valida el pliego de prescripciones técnicas
  • Participa en la definición de los criterios de adjudicación técnicos
  • Supervisa la ejecución del contrato e impulsa modificaciones si procede
  • Certifica la correcta prestación del servicio o entrega del suministro
  • Propone la resolución anticipada o la imposición de penalidades ante incumplimientos

Consulta la normativa en boe.es — LCSP.

Ejemplo

El Jefe de Servicio de Informática redactó el pliego técnico y actuó como responsable del contrato de mantenimiento del ERP durante toda su vigencia.

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