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Lista corta

Definición

La lista corta (shortlist) es el conjunto reducido de candidatos preseleccionados que, tras superar la fase de selección cualitativa en procedimientos de contratación pública de dos fases (procedimiento restringido, diálogo competitivo, asociación para la innovación y, en algunos casos, negociado con publicidad), son invitados a presentar sus proposiciones completas o a participar en las negociaciones. Representa la materialización del principio de proporcionalidad: limitar la carga de participación sin restringir indebidamente la concurrencia.

  • Número mínimo de candidatos: La LCSP exige al menos 5 candidatos en procedimiento restringido y diálogo competitivo, y al menos 3 en el negociado con publicidad (salvo que no haya suficientes candidatos que reúnan los requisitos).
  • Criterios de selección: Basados exclusivamente en condiciones de aptitud y solvencia (no en criterios de adjudicación).
  • Igualdad de trato: Todos los candidatos de la lista corta deben recibir la misma documentación e información simultáneamente.
  • Modificación de la lista: Una vez conformada la lista corta, no puede ampliarse ni modificarse unilateralmente por el órgano de contratación.
  • Uso en organismos internacionales: En licitaciones del Banco Mundial, BID u otras IFI, la lista corta es un documento formal que se somete a no-objeción.

Directiva 2014/24/UE: eur-lex.europa.eu.

Ejemplo

En el procedimiento restringido convocado para el diseño del nuevo museo municipal, el órgano de contratación recibió 22 solicitudes de participación y elaboró una lista corta de 7 estudios de arquitectura que cumplían todos los criterios de solvencia técnica y económica.
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