La solicitud de participación es el documento mediante el cual un operador económico manifiesta su interés en ser seleccionado como candidato en un procedimiento de licitación que requiere una fase previa de selección, como el procedimiento restringido, el diálogo competitivo, el procedimiento de asociación para la innovación o el procedimiento de licitación con negociación. Está regulada en los artículos 160 a 167 de la LCSP y en la Directiva 2014/24/UE.
- Contenido: La solicitud de participación debe ir acompañada de la documentación acreditativa de la solvencia técnica y económica del candidato, las declaraciones responsables pertinentes (incluido el DEUC — Documento Europeo Único de Contratación), y cualquier otra documentación exigida por el pliego.
- DEUC: En contratos sujetos a regulación armonizada, el candidato puede presentar inicialmente solo el DEUC como prueba provisional de cumplimiento de los requisitos de selección, debiendo aportar la documentación completa únicamente el licitador propuesto como adjudicatario.
- Plazo de presentación: El plazo mínimo para la presentación de solicitudes de participación en procedimientos restringidos es de 30 días desde la publicación del anuncio de licitación en el Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE) para contratos SARA.
- Selección de candidatos: El órgano de contratación evalúa las solicitudes recibidas aplicando exclusivamente los criterios de solvencia establecidos en el anuncio, y selecciona el número de candidatos indicado (mínimo 5, máximo 20 en procedimiento restringido) que serán invitados a presentar oferta.
- Notificación: Los candidatos seleccionados y los no seleccionados deben ser notificados, indicando en este último caso los motivos de la no selección.
La solicitud de participación es la primera etapa formal del procedimiento en aquellos en los que la Administración prefiere preseleccionar operadores antes de solicitar ofertas. Más información en Plataforma de Contratación del Sector Público.