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Titular del contrato

Definición

El titular del contrato es la persona física o jurídica que, una vez formalizado el contrato público, asume la condición de parte contratista y queda obligada al cumplimiento de las prestaciones pactadas en los términos establecidos en el pliego y en el contrato. La titularidad del contrato puede variar a lo largo de su vida útil como consecuencia de operaciones de fusión, absorción, escisión o cesión, siempre que se cumplan las condiciones y requisitos establecidos por la LCSP y obtenga la autorización expresa del órgano de contratación.

  • Cesión del contrato: El titular puede ceder el contrato a un tercero cuando el órgano contratante lo autorice, siempre que el cesionario acredite solvencia suficiente y no esté incurso en causas de prohibición para contratar.
  • Modificación subjetiva: Las fusiones, absorciones o escisiones empresariales que afecten al titular del contrato pueden requerir novación subjetiva o resolución del contrato según las circunstancias.
  • Responsabilidad: El titular del contrato es el único responsable de la correcta ejecución de la prestación frente a la administración, con independencia de los subcontratistas que pueda emplear.

Consulta las condiciones de cesión en BOE – LCSP.

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