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Valoración económica de la oferta

Definición

La valoración económica de la oferta es la evaluación cuantitativa del precio o coste propuesto por el licitador, que constituye uno de los criterios de adjudicación en los procedimientos de contratación pública. La LCSP establece que al menos un criterio de adjudicación debe estar relacionado con el precio u otros criterios económicos cuantificables. La puntuación económica se calcula mediante fórmulas matemáticas objetivas establecidas en el pliego, garantizando que las comparaciones entre ofertas sean homogéneas y que no se produzcan discriminaciones arbitrarias entre licitadores que ofrecen precios similares.

  • Fórmulas habituales: Las más utilizadas son la fórmula proporcional (la oferta más baja obtiene la máxima puntuación y las demás se puntúan en proporción), la fórmula de la media (se prima la oferta más cercana a la media) y la fórmula con umbral de temeridad.
  • Peso del precio: La ponderación del criterio precio no puede ser inferior a ciertos mínimos establecidos en el pliego ni superior al máximo que permita garantizar una evaluación equilibrada de los aspectos cualitativos.
  • Criterio de coste del ciclo de vida: La valoración económica puede complementarse con el análisis del coste del ciclo de vida (CCV), que incluye costes de adquisición, operación, mantenimiento y fin de vida del bien o servicio.

Consulta las reglas de valoración en BOE – LCSP.

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