La vigencia del contrato es el período durante el cual el contrato público produce plenos efectos jurídicos, generando derechos y obligaciones exigibles para ambas partes: el órgano contratante y el contratista. La vigencia se inicia con la firma del contrato o en la fecha expresamente pactada y se extiende hasta su extinción por vencimiento del plazo, resolución, rescate o cualquier otra causa legalmente prevista. La LCSP 9/2017 establece límites máximos a la vigencia de determinados contratos para preservar la competencia y evitar situaciones de monopolio de hecho en la provisión de servicios públicos.
- Límites legales: Los contratos de servicios no pueden tener una vigencia, incluidas prórrogas, superior a 5 años. Los contratos de suministro tienen límites similares. Las concesiones de servicios pueden extenderse hasta 5 años. Las concesiones de obras no pueden superar los 40 años.
- Prórroga: La vigencia puede ampliarse mediante prórroga acordada antes del vencimiento, siempre que esté prevista en el pliego inicial y que el total con prórroga no supere los límites legales.
- Caducidad vs. vencimiento: La vigencia vence de forma natural al llegar el plazo; la caducidad se produce cuando el contrato queda sin efecto por inactividad o incumplimiento de determinadas condiciones resolutorias.
Consulta los límites de vigencia en BOE – LCSP.