La cláusula de penalización es una estipulación contractual mediante la cual las partes acuerdan de antemano la cuantía de la indemnización que deberá abonar la parte incumplidora en caso de que no ejecute correctamente las obligaciones derivadas del contrato. En el ámbito de la contratación pública española, este mecanismo está regulado principalmente en el Real Decreto Legislativo 3/2011 (texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público) y en la vigente Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP).
Las penalidades pueden clasificarse en dos grandes grupos:
- Penalidades por demora: Se aplican cuando el contratista no cumple los plazos de ejecución pactados. El importe habitual es de un tanto por mil del precio del contrato por cada día de retraso.
- Penalidades por cumplimiento defectuoso: Se imponen cuando la ejecución no se ajusta a las condiciones contractuales, aunque se produzca dentro del plazo establecido.
La inclusión de estas cláusulas dota de mayor seguridad jurídica a la Administración, permitiéndole deducir los importes correspondientes de las facturas pendientes o hacer efectiva la garantía definitiva del contratista. Su aplicación debe respetar siempre los principios de proporcionalidad y audiencia al interesado.
Para más información, consulte la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público en el BOE.