Una empresa licitadora es cualquier persona física o jurídica, pública o privada, o agrupación de dichas personas, que presenta una oferta en un procedimiento de contratación pública con el objetivo de ser adjudicataria del contrato. En la terminología europea se emplea el término más amplio de operador económico.
- Capacidad de obrar: Debe estar legalmente constituida, estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, y no incurrir en ninguna prohibición de contratar.
- Solvencia: Debe acreditar la solvencia económica, financiera y técnica o profesional exigida en los pliegos, o en su caso la clasificación empresarial requerida.
- Agrupaciones: Varias empresas pueden licitar conjuntamente mediante una Unión Temporal de Empresas (UTE), que responden solidariamente frente a la Administración.
- DEUC: En procedimientos armonizados, la empresa licitadora acredita preliminarmente su situación mediante el Documento Europeo Único de Contratación.
Accede al perfil del contratante en la Plataforma de Contratación del Sector Público.