La licitación simplificada es la modalidad de tramitación del procedimiento abierto de contratación pública que la LCSP 2017 (artículo 159) introduce para reducir las cargas administrativas y acelerar los procesos de adjudicación en contratos de valor moderado. Permite suprimir o reducir determinados trámites documentales sin merma de los principios de concurrencia, transparencia e igualdad de trato.
- Umbrales: Aplicable a contratos de obras con valor estimado inferior a 2.000.000 € y a contratos de suministros y servicios inferiores a 100.000 € (versión sumaria hasta 60.000 €).
- Plazo de presentación: Mínimo de 15 días naturales para la versión ordinaria y 10 días para la sumaria.
- Simplificaciones: Inscripción en el Registro Oficial de Licitadores sustituye a la aportación de documentación acreditativa; no se exige sobre de documentación administrativa separado en la versión sumaria.
- Versión sumaria: Forma simplificada adicional con plazos y requisitos aún más reducidos para contratos de menor cuantía.
- Valoración: La oferta económica tiene una ponderación mínima del 50 % de la puntuación total.
Más información en: contrataciondelestado.es.