La notificación de adjudicación es el acto mediante el cual el órgano de contratación comunica a todos los licitadores la resolución por la que se adjudica el contrato a uno de ellos, indicando el licitador seleccionado, la puntuación obtenida y los motivos de la decisión. Es un acto reglado previsto en el artículo 151 de la LCSP 9/2017 que inicia el plazo de interposición de recursos.
- Contenido obligatorio: Identificación del adjudicatario, puntuaciones de todos los licitadores por criterio, y razones por las que se desestimaron las demás ofertas.
- Plazo de notificación: Debe realizarse en el plazo máximo fijado en el PCAP, con un mínimo de 15 días hábiles antes de la formalización del contrato.
- Periodo de espera: Entre la notificación y la formalización debe mediar el plazo de suspensión de 15 días hábiles para posibles recursos.
- Canal electrónico: La notificación debe realizarse a través de medios electrónicos, preferentemente mediante la plataforma notificadora de la Administración.
La falta de notificación o su contenido insuficiente puede dar lugar a recursos ante el TACRC.