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Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público (ROLECE)

Definición

El Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público (ROLECE) es el registro administrativo dependiente del Ministerio de Hacienda en el que se inscriben las empresas que desean contratar con el sector público estatal, acreditando su personalidad jurídica, capacidad de obrar, solvencia económica, técnica y financiera, y, en su caso, la clasificación empresarial que habilita para determinadas categorías de contratos. Está regulado en los artículos 337 a 340 de la LCSP y en el Real Decreto 1098/2001.

  • Inscripción voluntaria: La inscripción en el ROLECE es voluntaria, pero resulta muy conveniente para agilizar la acreditación de requisitos en los procedimientos de licitación. Una vez inscrita, la empresa no necesita aportar reiteradamente los mismos documentos a cada órgano de contratación.
  • Contenido del registro: Datos de identificación, escrituras de constitución, poderes de representación, certificados de estar al corriente con la Hacienda Pública y la Seguridad Social, y clasificación empresarial cuando proceda.
  • Efectos jurídicos: Los datos inscritos tienen eficacia frente a cualquier órgano del sector público estatal sin necesidad de nueva acreditación, salvo que las circunstancias cambien. Facilita la presentación de ofertas al reducir la carga documental.
  • Clasificación empresarial: Junto con la inscripción puede solicitarse la clasificación en grupos y subgrupos de obra o de servicios, requisito exigible para contratos de obras superiores a 500.000 euros y de servicios con carácter habilitante.
  • Acceso: Las consultas al ROLECE pueden realizarse a través de la Plataforma de Contratación del Sector Público.

Acceso al registro en Plataforma de Contratación del Sector Público (PLACE).

Ejemplo

Una empresa de ingeniería se inscribe en el ROLECE y obtiene la clasificación en el grupo de servicios de consultoría. A partir de ese momento, cuando licita a contratos de servicios del Estado, puede sustituir buena parte de la documentación administrativa por una mera referencia a su número de registro, agilizando significativamente su participación en los procedimientos.

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