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Sistema dinámico de adquisición (SDA)

Definición

El sistema dinámico de adquisición (SDA) es un proceso de contratación electrónico completamente abierto a todo operador económico que cumpla los criterios de selección, que se utiliza para adquisiciones de uso corriente cuyas características, generalmente disponibles en el mercado, satisfacen las necesidades del órgano de contratación. Está regulado en los artículos 221 a 226 de la LCSP y en los artículos 34 y 35 de la Directiva 2014/24/UE.

  • Apertura permanente: A diferencia de un acuerdo marco, el SDA puede incorporar nuevos proveedores en cualquier momento durante su vigencia, garantizando así la máxima competencia.
  • Categorías: El SDA puede dividirse en categorías de productos, obras o servicios definidas objetivamente por características del contrato, ámbito geográfico o tipo de licitador.
  • Fases: (1) Publicación del anuncio de licitación y apertura de solicitudes de admisión; (2) Evaluación y admisión de proveedores de forma continua; (3) Convocatoria de licitación específica a todos los proveedores admitidos en la categoría correspondiente.
  • Tramitación electrónica: Todo el procedimiento se desarrolla por medios electrónicos. No se pueden exigir tasas de participación a los operadores.
  • Plazo mínimo de ofertas: En cada licitación específica el plazo para presentar ofertas no puede ser inferior a 10 días.
  • Duración: No tiene limitación de duración máxima establecida por ley, pero debe indicarse en el anuncio de convocatoria.

Es especialmente adecuado para compras recurrentes de bienes y servicios estandarizados, como material de oficina, equipos TIC o servicios de mantenimiento. Más información en TED — Tenders Electronic Daily.

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